AKTUALITATEA


| 2020-03-05 13:50:00

La dirección de la sociedad pública Amvisa ha llevado al consejo de administración celebrado el día de hoy varias propuestas para adjudicar diferentes obras y servicios. En dos de los contratos citados, la mesa de contratación de la sociedad ha propuesto su adjudicación a la empresa Studio Técnico de Obras y Arquitectura, más conocida como Stoa. Como ya es sabido, el administrador único de la empresa, Sergio Fernández Oleaga, ha sido condenado en primera instancia por un delito de cohecho activo y por otro de falsedad en documento privado, dentro del sumario por corrupción del denominado ‘Caso De Miguel’.

Las dos personas representantes de EH Bildu en el consejo de administración de Amvisa se han sumado a la petición de otro grupo de la oposición para esperar a que se resuelva el recurso presentado por el administrador de Stoa y la sentencia sea firme, antes de proceder a la adjudicación de los contratos en cuestión. Según la Ley de Contratos del Sector Público, la prohibición para contratar con la administración pública se produce una vez que la sentencia condenatoria es firme.

La dirección de Amvisa, en manos de PNV y PSE-EE, ha desestimado la solicitud, ha decidido seguir adelante con el proceso de adjudicación, y ha elevado para votación ambas licitaciones de contrato. Para EH Bildu, es muy cuestionable la actitud de ambos partidos de acelerar estas adjudicaciones en favor de Stoa.

En el caso de la redacción del proyecto de reparación y mejora de la EDAR de Krispijana, las dos personas representantes de EH Bildu han votado en contra de la adjudicación. Cabe recordar que, entre las dos empresas que se presentaron al concurso, fue Stoa la que obtuvo una mejor puntuación, pero la consiguió por medio de una oferta económica anormalmente baja.

En opinión de EH Bildu, la justificación aportada por Stoa no permite concluir que la oferta cumpla las condiciones descritas en el pliego, ni que los medios propuestos sean suficientes para hacer frente al encargo. Además, permitir a la empresa la adjudicación aportando menos medios de los fijados en el pliego quiebra el principio de concursar en base a las mismas condiciones objetivas.

En lo que se refiere al segundo contrato, para el mantenimiento de las estaciones de bombeo y de obras menores en la red de alcantarillado, la mesa de contratación ha propuesto también adjudicárselo a Stoa. En este caso, se trata de la única oferta presentada, y ha obtenido la puntuación necesaria descrita en los pliegos.

Tras las consultas jurídicas realizadas, la conclusión es que no es posible bloquear esta adjudicación sin que los consejeros de la entidad puedan incurrir en responsabilidades patrimoniales o de otra índole, y, además, no supone ninguna garantía de que la contratación no se termine produciendo. Para EH Bildu, mala es una ley que no permite a la administración protegerse de manera adecuada ante una empresa que ha sido condenada en primera instancia por un caso tan grave como pagar una mordida a cambio de un contrato. Por todo ello, sus personas representantes han permitido la aprobación el contrato «por imperativo legal».

EH Bildu solicitará al Ayuntamiento de Gasteiz y a sus sociedades que una vez que la sentencia condenatoria sea firme, aprueben resoluciones para declarar a Stoa como empresa que incurre en prohibición de contratar, y se proceda la inclusión e esta prohibición en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Euskadi y en el ROLECE estatal.