No son nuevas las denuncias que desde EH Bildu hemos realizado de manera pública sobre las obras que se realizan en la Parte Vieja sin la preceptiva licencia o autorización y el proceder de este Gobierno Municipal pese a tener constancia de las infracciones. Ahora, un infome jurídico de la Secretaría Jurídica del Ayuntamiento, realizado a petición de este grupo, avala lo que hemos sostenido desde EH Bildu durante largo tiempo: el Ayuntamiento, concretamente Urbanismo Sostenible, dicta resoluciones de “inhibición” de los procedimientos sancionadores incoados y remite los expedientes a la Diputación de Gipuzkoa. A su vez, la institución foral, archiva los expedientes remitidos por el Ayuntamiento al no ser competente para conocer las infracciones en materia urbanística.
El Ayuntamiento a día de hoy sigue actuando de forma reincidente, pese a saber, y así lo recoge el informe, que las competencias “son irrenunciables” y que tiene “la obligación de actuar”. Es evidente, por lo tanto, que hay una dejación de funciones.
El concejal Ricardo Burutaran ha comparecido esta mañana de viernes en rueda de prensa para aportar detalles de cómo actúa el Ayuntamiento y desgranar las claves del informe jurídico.
Cuando el Ayuntamiento tenga conocimiento de obras o usos no autorizados por el correspondiente título, debe actuar de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Suelo y Urbanismo 2/2006: ordenar su suspensión y, en caso de ser legalizables, dar plazo para su legalización. En caso de que no sea posible o no haya sido solicitado, cabe ordenar la demolición o cese definitivo del uso. También recoge la obligación de reconstruir lo demolido cuando se trate de un bien catalogado o declarado monumento.
El informe recuerda, en palabras de Burutaran, que es exigible una doble autorización en materia de patrimonio (DFG) y en materia urbanística (Ayuntamiento). Por lo tanto, Urbanismo Sostenible no está respetando el doble régimen jurídico que confluye sobre los elementos edificatorias de la Parte Vieja. “Por el hecho de que de Diputación tenga determinadas competencias de protección patrimonial, no desaparecen las competencias municipales en materia urbanística. Por ello, si el Ayuntamiento tiene conocimiento de que se han hecho obras sin solicitar licencia urbanística al propio Ayuntamiento, este debería actuar, exigiéndola”, dicta el informe, e insiste en que las competencias urbanísticas siguen vigentes y obligan al Ayuntamiento a actuar cuando se incumpla la norma urbanística.
Ante la reiterada “inhibición” tras cada denuncia de la que es conocedor, el Ayuntamiento remite el acta y la denuncia a la DFG. No obstante, la dirección jurídica es contundente: el Ayuntamiento sí es competente para tramitar las denuncias y exigir el restablecimiento de la legalidad urbanística. Y haciendo alusión al reciente dictamen del Ararteko, en el que ha dado la razón a los vecinos y vecinas de la Parte Vieja, no solo es que el Ayuntamiento pueda actuar, es que tiene la obligación de hacerlo, pues las competencias son “irrenunciables”.
El Ayuntamiento sigue a día de hoy, según afirma Burutaran, mandando las denuncias y actas a la DFG a pesar de que esta le ha comunicado que no es competente. ¿Por qué se empecina este Gobierno Municipal en ello?, cuestiona el concejal, que recuerda de que la propia secretaría Jurídica advierte que “la actuación no tiene cobertura jurídica”.
Las preguntas de EH Bildu y las conclusiones del informe
Para la realización del informe EH Bildu planteó cinco cuestiones concretas. La primera de ellas alude al procedimiento que debe seguir el Ayuntamiento, quedando recogido que, en materia urbanística, las competencias municipales sobre obras clandestinas no decaen por el hecho de tratarse de un bien cultural. “El Ayuntamiento debe actuar”, resume, al margen de las competencias concurrentes de la Diputación foral.
Sobre el grado de responsabilidad de la delegada de Urbanismo Sostenible en aplicación a lo dispuesto en la Ley de Suelo para ordenar la suspensión de obras o suso clandestinos, el informe recoge que le corresponde a ella dictar las resoluciones y que las resoluciones de inhibición no tienen ajuste en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
También hemos preguntado si cabe el archivo de los referidos expedientes en los casos de incumplimiento de la orden de restauración dictada, y la respuesta es que no.
Las conclusiones del informe jurídico no dejan lugar a dudas y apuntalan las denuncias tanto de las y los vecinos como de EH Bildu. Tal y como recoge la Ley 2/2006, “el ejercicio de las facultades reguladas en este título tiene carácter irrenunciable y, a tal efecto, las autoridades y los funcionarios están obligados a iniciar y tramitar, en los plazos previstos en cada caso, los procedimientos establecidos para el ejercicio de tales potestades”.
Con la elaboración de este informe que también obra en manos del Gobierno Municipal y del resto de grupos, ahora corresponde al departamento de Urbanismo Sostenible aclarar por qué procede de esta manera. La estrategia que la delegada empleó en junio, en la Comisión de Desarrollo Sostenible, a instancias de una interpelación de EH Bildu, consistió en echar balones fuera; ahora comprobamos que además de no asumir lo que le compete, lo que defiende no tiene base jurídica. “Pedimos el informe en septiembre al tener dudas jurídicas sobre el proceder de este equipo de gobierno. Ahora, comprobamos que se ratifican cada uno de los aspectos que reseñamos”, ha recordado Burutaran.
En cualquier caso, cabe hacer varias reflexiones. ¿Por qué el Ayuntamiento actúa de esta manera en la Parte Vieja? ¿Qué la diferencia del resto de barrios de la ciudad? Que esta dejación de funciones perjudica a los y las vecinas del barrio está fuera de toda duda. ¿Entonces, a quién beneficia?