AKTUALITATEA


| 2022-03-29 10:43:00

Recuerda que el TAN, en dos ocasiones, ha calificado la norma invocada por Seguridad Ciudadana como “arbitraria, injusta y discriminatoria”  

 

La mayoría del Ayuntamiento de Pamplona, con el voto en contra de Navarra Suma, ha aprobado una declaración de EH Bildu en la que exigía al equipo de gobierno que no vuelva a aplicar la normativa de 2005, cuestionada por el TAN, en la que sustento su prohibición de que las korrika txikiak pudieran celebrarse en la calle. La declaración, debatida por vía de urgencia y aprobada en la comisión de Presidencia, tenía dos puntos de acuerdo: en primer lugar, urgir al equipo de gobierno, con la participación de las Áreas de Participación Ciudadana y de Seguridad Ciudadana y de forma consensuada con los grupos municipales, a elaborar “unos nuevos criterios de autorización de actividades en la vía pública, de carácter universal, justo y libre de arbitrariedades”. En segundo lugar, reclamaba al área de Seguridad Ciudadana poner los medios necesarios para que los eventos programados y solicitados para este próximo 1 de abril y en adelante “se puedan desarrollar con seguridad, mientras se elaboran los nuevos criterios”.

El texto recordaba que, en febrero de 2020, “después de las quejas recibidas por las comunidades escolares en la celebración de los carnavales”, la mayoría del Ayuntamiento ya instó a Seguridad Ciudadana a modificar “de manera inminente” la Resolución de 2005 que fijaba que los centros educativos no contarán con apoyo policial “y deberán cumplir las normas de circulación, ya que no se cortará el tráfico”. Dos años después “esa Resolución no solamente no ha sido modificada, sino que sigue siendo la justificación en la que se basa Seguridad Ciudadana para denegar o limitar otros permisos”, como sucedió el viernes pasado con los “simulacros de korrika”. “Este evento tiene previsto una segunda parte con las korrika txikiak el próximo viernes en distintos centros escolares”, recordaba la declaración, que pedía que se deje sin efecto esa resolución y se permita la celebración de estos actos en la calzada.

El texto aprobado hoy sustenta esta demanda en dos pronunciamientos del Tribunal Administrativo de Navarra (1295, de 23 de agosto de 2021, y 446 de 28 de febrero de 2022) que cuestionan la resolución municipal de 2005 que “además de que no consta que la misma haya sido aprobada”, resulta arbitraria ya que “quedan fuera de la posibilidad de acceder a esas vías singulares, todas las actividades de las Asociaciones que hayan nacido después del año 2005, lo que, sin duda, es injusto y discriminatorio”.